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Padre e hijo

Vida Obligatorio

Seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74): es un seguro que brinda cobertura en caso de fallecimiento de un empleado. 

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Además, de acuerdo a la actividad que desempeñe tu empresa, se agregan las siguientes coberturas:

Seguro de Vida Obligatorio para Actividades Rurales (Ley 16.600). Se trata de una cobertura en caso de muerte o invalidez total y permanente.
Convenio Mercantil (N° 130/75). La cobertura ampara muerte del empleado, invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.
Cobertura de Sepelio. Una cobertura de traslados, velatorio y servicios vinculados.

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​Es importante que tengas presente que si tu empresa no cuenta con la contratación de estos seguros estarás en infracción y en el caso de que suceda algún siniestro tendrás que abonar la indemnización correspondiente al trabajador en forma directa.

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